Garantía Marca Oficial – Reglamento

La Comisión Europea, en el día 31 de julio de 2002, publicó el Reglamento 1400/2002. Uno de los objetivos de ese reglamento es impedir el monopolio de los concesionarios oficiales en cuanto a la revisión de los vehículos dentro del período de garantía oficial del fabricante. El reglamento 1400/2002 establece que el consumidor es libre de ir a cualquier taller tanto oficial como independiente para hacer las revisiones necesarias en su vehículo.

El consumidor no perderá la garantía oficial del fabricante por no realizar las revisiones en un taller oficial de la marca. Pero sí, será motivo de pierda de garantía oficial del fabricante, la realización de una reparación defectuosa por parte de un taller independiente.

En cuanto a las piezas de repuesto, el consumidor podrá utilizar cualquier repuesto en las revisiones una vez que se cumplan los requisitos establecidos por el fabricante, pero no podrá exigir la utilización de una pieza de marca especifica como requisito para conservar la garantía oficial del vehículo.

En resumen, el consumidor no pierde, necesariamente, la garantía del fabricante de su coche, debido a que la manutención del mismo es realizada fuera de la red oficial de la marca. Es fundamental que se respeten siempre las recomendaciones oficiales del fabricante y que las piezas utilizadas en las intervenciones sean de calidad original o equivalente.

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